Cristopher Fiermarin, arquero del Deportes Tolima en la Liga BetPlay 2 2025 - crédito @cdtolima/X
Un solo minuto marcó la diferencia en el desenlace disciplinario para el Deportes Tolima, que resultó reportado en el reciente informe de la Comisión de Disciplina del Campeonato. La institución fue multada con $7.117.500 por retrasarse 60 segundos al retornar al campo tras el descanso, en un episodio marcado por la emergencia médica protagonizada por el arquero Cristopher Fiermarin, durante el partido contra Boyacá Chicó.
El encuentro, disputado el 14 de septiembre y que correspondía a la fecha 11 de la Liga BetPlay 2 2025, dejó un sabor agridulce para los ‘Pijaos’, más allá de la victoria (4-0) en el gramado del Manuel Murillo Toro. La sanción, basada estrictamente en el literal d del artículo 78 del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF), causó sin duda fuertes cuestionamientos desde el equipo tolimense.

La increíble sanción contra Deportes Tolima: Dimayor no tuvo piedad y lo castigó con fuerte monto
La situación se originó cuando, al final del primer tiempo, Fiermarin presentó un cuadro de salud que requirió inmediata intervención del equipo médico. Según detalló el club en su recurso de apelación, “el regreso normal del equipo al terreno de juego se vio gravemente alterada por la situación presentada en la salud del arquero titular, quien estuvo a punto de sufrir un desmayo”, y fue reemplazado por el brasileño Neto Volpi.
Como se agregó en el comunicado, esta circunstancia, como es natural, preocupó a sus compañeros, quienes estuvieron al tanto de lo sucedido. “Mientras se corroboraba la estabilización de su compañero por parte del médico del equipo, saliendo al terreno de juego con un leve retraso”, se informó desde la institución, en relación con este caso, que hasta el momento era desconocido por parte de la afición del ‘Vinotinto y Oro’.
A pesar del reconocimiento del incidente por parte del mismo Comité disciplinario, la infracción al horario fue reportada por el delegado arbitral y los comisarios presentes, lo que activó el proceso sancionatorio. El club defendió que el cambio del arquero fue informada “al inicio del segundo tiempo”, aunque admitió que no se entregaron detalles de la situación en el mismo instante por “la premura y urgencia del momento”.
“Consideramos respetuosamente, no pueden ser fundamento para imponer la sanción, cuando precisamente en el traslado que se otorga para presentar descargos y aportar pruebas, se prueba ante esta autoridad disciplinaria de manera idónea y fehaciente, la situación de fuerza mayor que se presentó al momento de regresar al terreno de juego”, indicó en su defensa la directiva de Deportes Tolima, en su exposición ante el referido comité.
El club también hizo énfasis en el cómputo del tiempo de demora. “El regreso del equipo para el segundo tiempo, como lo indica el delegado de Dimayor, se dio con un minuto de retraso, y que se dio el cambio del arquero lo que duró un minuto más, tiempo que no debe contarse como parte del retraso, ya que es frecuente que se produzcan cambios de jugadores al inicio del segundo tiempo”, se expresó en el documento de respuesta.
“Lo cual lógicamente retrasó el inicio del juego, pero que no es sancionable como se está aplicando en este caso, en el que se cuentan dos minutos incluyendo el tiempo de duración del cambio de arquero”, complementó la directiva en su exposición, que no fue tenida en cuenta por el ente disciplinario, a juzgar por la decisión comunicada en la resolución número 102, publicada el viernes 10 de octubre en la web de Dimayor.

Comité Disciplinario mantuvo duro castigo contra Deportes Tolima: esta fue la razón
Preguntado por la discrecionalidad para interpretar hechos excepcionales, el Comité Disciplinario del Campeonato fue enfático. “Si bien el Comité valoró la circunstancia médica presentada con el arquero del equipo, que tuvo que ser sustituido, tal situación no exime de responsabilidad al resto del equipo para que se cumplan los tiempos establecidos por el organizador del campeonato para el desarrollo del encuentro deportivo”, dijo.
De hecho, el órgano se apoyó en los informes arbitrales para fundamentar la decisión, al insistir en la aplicación estricta de la norma. El informe suministrado por la Dimayor reportó que el equipo regresó al campo con exactamente “un minuto de retraso”, lo que fue considerado elemento suficiente para imponer la sanción administrativa, que se tradujo en el monto anteriormente citado por la entidad rectora del balompié.
Y es que, según el Comité, “desde ya se advierte que el recurso de reposición presentado no está llamado a prosperar”. Así pues, el fallo mantuvo firme la multa de $7.117.500 y cerró toda posibilidad de apelación adicional sobre este reclamo. “No reponer la decisión contenida en el artículo 5° de la Resolución No. 097 de 2025, por las razones expuestas en la presente providencia. Contra la presente decisión no procede recurso”.
La determinación tomada este viernes dejó entrever la tensión latente entre la literalidad del reglamento y las circunstancias imprevistas que pueden condicionar a los clubes. Para el cuadro de Ibagué, el episodio no se resumió en una demora, pues se “apeló a la razón y a sana lógica con la que debe ser valorada una situación como esta en la que se presenta una situación de fuerza mayor con la salud de un compañero”.
No es la primera vez que las decisiones automáticas de los órganos disciplinarios abren el debate sobre la proporcionalidad de las sanciones cuando median situaciones extraordinarias, especialmente cuando la salud de un futbolista es la prioridad para el plantel. Para el club, el episodio deja una reflexión directa sobre el margen de interpretación de las normas y la sensibilidad ante hechos fuera de lo previsible.
