Dimayor ratificó dura decisión en contra del DEPORTES TOLIMA, de cara al esperado debut en la Liga BetPlay 1 2025: hinchas no salen de su asombro



Dimayor ratificó dura decisión en contra del DEPORTES TOLIMA, de cara al esperado debut en la Liga BetPlay 1 2025: hinchas no salen de su asombro






En una decisión que causó controversia en las redes sociales, el Comité Disciplinario del Campeonato ratificó en la Resolución 001 de 2025, emitida el 20 de enero, una fuerte sanción en contra del Deportes Tolima, tras los hechos ocurridos en la gran final de la Liga BetPlay 2 2024 frente al Atlético Nacional, como local, disputada el 18 de diciembre. Además, impuso un nuevo castigo a la ‘tribu’, tras este cotejo.

Los ‘Pijaos’, que salieron al campo en esta llave en búsqueda de su cuarta estrella en el escudo, al final cayeron frente a los ‘verdolagas’ y no solo dejaron escapar la posibilidad, sino que tendrán que asumir finalmente una dura decisión. Que traerá consecuencias a nivel económico, con miras a su estreno en un nuevo certamen liguero: programado para el lunes 27 de enero (8:10 p. m.) ante Deportivo Pasto.

De acuerdo con la resolución emitida por entidad, los hechos sancionados incluyen el comportamiento impropio de los aficionados y, del mismo modo, el incumplimiento de normativas de boletería, lo que llevó a multas económicas y restricciones en el uso de instalaciones del Manuel Murillo Toro de Ibagué: que para el choque frente a los ‘volcánicos’ tendrá mermada su capacidad, en detrimento de los hinchas.

Dimayor no dio su brazo a torcer y confirmó duro castigo a Deportes Tolima

El primer caso involucra el lanzamiento de objetos desde la tribuna occidental y el retraso en el inicio del partido, atribuido a la presencia de humo en el campo. Según el Comité, estas situaciones son violaciones a los numerales 1, 4, 5 y 6 del artículo 84 del Código Disciplinario Único (CDU) de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF), que regula la conducta impropia de los asistentes al encuentro.

Al respecto, el dueño de casa presentó un recurso de reposición ante el Comité Disciplinario, en el que argumentó que la sanción general sobre toda la tribuna occidental no era adecuada. En el documento presentado el 10 de enero de 2025, el club indicó que esta tribuna está dividida en varias áreas específicas. Son ellas: 
  • Occidental Numerada: área central superior con asientos numerados y acceso restringido.
  • Occidental General: zona baja próxima al túnel de acceso a los camerinos.
  • Palcos y cabinas de prensa: espacios reservados para medios de comunicación, directivos y autoridades.
Teniendo en cuenta este panorama, el conjunto de la ‘Tierra Firme’ solicitó que, de mantenerse la sanción, se aplicara únicamente a la zona general de la tribuna, ya que las imágenes del incidente demostrarían que los objetos lanzados provenían de esta área, cercana al túnel. Además, alegó que el cierre sobre toda la localidad afectaría injustamente a abonados, medios de comunicación y personal de seguridad.

El Comité, tras revisar el recurso y las pruebas aportadas, concluyó que el informe del oficial del partido no permitía identificar el punto exacto desde donde se lanzaron los objetos, pero sí confirmó que provenían del sector de Occidental. Debido a la presunción de veracidad de los informes, se decidió no acceder a la solicitud de limitar la sanción, aunque se aclaró que esto no afecta las áreas de los periodistas.

La situación, en la que provocó el arquero rival Luis Marquínez, con gestos obscenos hacia la gradería, podría mermarse al cumplirse la primera de las dos jornadas de sanción. Todo si la dirigencia acude al artículo 42 del CDU, que permite la suspensión de la sanción en curso en caso de que no existan antecedentes sobre sucesos similares en el escenario deportivo, como lo han hecho otros clubes del torneo.

El arquero visitante Luis Marquínez provocó a los hinchas del Deportes Tolima, al hacer gestos con sus manos de forma desobligante. 



En cuanto al retraso en el inicio del partido, el club indicó que se debió a la autorización de la Comisión Local para la Seguridad, la Comodidad y la Convivencia en el Fútbol para el ingreso de 300 potes de humo por parte de la barra local; elementos revisados previamente por los bomberos y considerados no inflamables, por lo que fueron utilizados en la celebración de los 70 años del equipo.

Sin embargo, el Comité señaló que el informe arbitral describía que el humo afectó el desarrollo del compromiso, y reiteró que, aunque hubieran sido autorizados, la responsabilidad de prevenir alteraciones al normal desarrollo del juego recae sobre el club local. Lo anterior lo hizo en lo dispuesto por el artículo 84 del CDU, que establece la responsabilidad del club por cualquier comportamiento de los aficionados.

Deportes Tolima fue hallado culpable por problemas con boletería: esto se supo

A su vez, en un expediente aparte, el combinado ‘musical’ también fue sancionado con una multa de $6.500.000 (equivalente a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes en 2024), por no cumplir con la entrega de las 60 boletas reglamentarias asignadas a la Dimayor para el cotejo de ida de la máxima instancia del campeonato, según lo estipulado en el artículo 45 del reglamento de la Liga BetPlay 2 2024. 

El área de comunicaciones del ente rector del balompié nacional informó que el club entregó únicamente 5 boletas, de las 60 que debía suministrada, al alegar que la capacidad reducida de la tribuna Occidental y los compromisos comerciales previos con abonados y patrocinadores dificultaron cumplir con este requisito. Situación que generó cierta inconformidad entre los funcionarios de la entidad.

Frente a esto, el cuadro ‘musical’ justificó la falta de cumplimiento y expresó que, debido a la alta demanda por el encuentro, la boletería disponible fue insuficiente para cumplir con las exigencias reglamentarias. Según el club, esta situación fue informada previamente a la Dimayor, y se llegó a un acuerdo para entregar solo cinco boletas al Fondo Nacional del Ahorro (FNA), como en efecto se hizo. 

Pese a los motivos entregados por el club, el Comité rechazó lo expresado por Deportes Tolima y enfatizó que el reglamento de la competencia es claro en establecer la obligación de entregar las 60 boletas sin costo a la Dimayor. Este incumplimiento fue considerado una infracción al artículo 78 del CDU y al reglamento de la Liga; no obstante, al no presentarse agravantes, se determinó aplicar la multa mínima.

Foto: Club Deportes Tolima





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